Menú

© Soy Más | Todos los derechos reservados, 2026.

Declaración de impuestos como persona física en México: ¿los jubilados están obligados?

Soy jubilado: ¿Me toca o no me toca hacer declaración anual de impuestos?

Muchas personas jubiladas siguen con la duda: ¿me toca o no hacer la declaración de impuestos como persona física en México? En este artículo te explicamos cuándo sí y cuándo no, con ejemplos claros, datos oficiales y ese toque relajado que hace más llevadero lo fiscal. Infórmate, comparte y vive esta etapa con orgullo… hasta con Hacienda en orden.

Redacción Soy+
Redacción
Autor verificado

Un resumen directo antes de sacar la calculadora

Si estás disfrutando de tu pensión con orgullo y responsabilidad, seguro ya te preguntaste si también te toca hacer la declaración de impuestos como persona física en México. La respuesta es: depende, pero no te preocupes, aquí te lo explicamos sin vueltas, sin letras chiquitas.

¿Cuándo un jubilado no está obligado a declarar impuestos?

¡Abran paso a los que ya cumplieron su chamba!

Según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), si tus únicos ingresos provienen de una pensión o jubilación por debajo de 43 mil pesos mensuales (es decir, hasta $515,000 al año, según el artículo 93, fracción IV de la Ley del ISR), no estás obligado a presentar tu declaración anual.

También estás libre si:

No tienes otros ingresos (ni por rentas, ni por servicios, ni por ventas).

• Tus fondos provienen únicamente de una Afore o del IMSS/ISSSTE, sin combinar con otras chambitas o negocios.

• No te lo solicitó el SAT ni te registraste con actividad empresarial o profesional.


Traducción : Si solo vives de tu pensión y no estás jugando a ser empresario con tus ahorros, puedes dormir tranquilo… al menos este abril.


¿Y cuándo sí hay que presentar la declaración?

¡Ay nanita! Aquí va la lista de focos rojos que indican que sí debes hacer la declaración:

1. Tienes otros ingresos además de tu pensión

¿Rentas una propiedad? ¿Das clases? ¿Vendes productos en línea o por catálogo? ¿Te cae lana por regalías o inversiones? Entonces el SAT te quiere ver con papelitos.

2. Tus ingresos por pensión superan el límite exento

Si al año recibes más de $515,000 pesos de pensión, ya no estás en el “club exento”. Aunque toda esa lana venga de tu retiro, tendrás que presentar la declaración.

3. Te diste de alta en el SAT como persona física con actividad empresarial o profesional

¡Ajá! Si una vez dijiste “sí quiero” al SAT para algún proyecto o negocio, ya entras en las reglas de los contribuyentes activos.


4. El SAT te lo solicitó

Aunque no estés obligado por ingresos, si el SAT te mandó una notificación o aparece en tu buzón tributario, es mejor responder. Como decía la abuelita: “cuando el SAT habla, mejor escucha”.

¿Qué pasa si no declaro estando obligado?

No queremos asustarte, pero omitir tu declaración puede traer:

Multas de entre $1,810 y $22,400 pesos (según el SAT).

• Recargos e intereses si no pagas lo que debes.

Problemas con tu historial fiscal, que luego pueden afectar trámites bancarios, créditos o transferencias.

Dato útil: Aunque no estés obligado, puedes presentar tu declaración voluntariamente si crees que te corresponde un saldo a favor. A muchos les regresan dinero por pagos en exceso.

¿Conoces a alguien que ya se jubiló y sigue con cara de “¿Y ahora qué hago con el SAT?

Comparte este artículo con tus amigos, familia o grupo de WhatsApp y haz que todos anden al tiro con su situación fiscal.

O cuéntanos en los comentarios de las redes si alguna vez te regresaron impuestos como pensionado, ¡igual hasta nos das la buena suerte!

¿Te gustó el artículo?